Mi foto

mayo 2008

lun mar mié jue vie sáb dom
      1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11
12 13 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 31  

Libros publicados

  • Datos en papel
    Libros publicados y libros en los que participo con otros autores

Dossier de prensa

  • Nuevos delitos tecnológicos en el Código Penal
    Artículos publicados y apariciones en prensa
    Pendiente de escanear: 95%

Ponencias

  • Creatividad y remuneración
    Congresos y seminarios en los que he participado como ponente.
    Pendiente de escanear: 45%

Fotos profesionales

  • IGC 2006
    Fotos relacionadas con mi actividad profesional

Fotos personales

  • Flores002
    Mi blog de fotografía digital

SUSCRIPCIONES

26/04/08

España vuelve a estar en la Watch List

Estados Unidos ha vuelto a incluir a España en la lista de los países que merecen una especial atención por su nivel de protección de los derechos de propiedad intelectual: "Thirty-six (36) trading partners are on the lower level Watch List, meriting bilateral attention to address IPR problems:  Algeria, Belarus, Bolivia, Brazil, Canada, Colombia, Costa Rica, Czech Republic, Dominican Republic, Ecuador, Egypt, Greece, Guatemala, Hungary, Indonesia, Italy, Jamaica, Kuwait, Lebanon, Malaysia, Mexico, Norway, Peru, Philippines, Poland, Republic of Korea, Romania, Saudi Arabia, Spain, Taiwan, Tajikistan, Turkey, Turkmenistan, Ukraine, Uzbekistan, and Vietnam". Ver comunicado completo emitido ayer

23/03/08

OFF TOPIC: Volatilidad de la inversiones inmobiliarias

Una nota de humor para los que desean realizar una inversión inmobiliaria y quieren tener en cuenta su nivel de volatilidad. Según el texto de esta promoción, las viviendas situadas en el Maresme son las que más expectativa de revaporización tienen para los próximos años.

27/02/08

Artículo 2.3 - ¿Qué es un empresario individual?

En el texto comentado en el post anterior la Agencia rescata un criterio utilizado en 2001 para considerar incluidos a los profesionales liberales en el ámbito de protección de la LOPD. La Agencia se remite a la Ley 3/1993, de 22 de marzo, que establece el perfil de los electores de las Cámaras de Comercio. Siguiendo el mismo criterio, y suponiendo que fuese válida la distinción efectuada en esta ley, existirían estos dos grupos:

2.1 Actividades asimilables al concepto empresario individual

Las ejercidas por cuenta propia, en comisión o agencia, en el sector extractivo, industrial, de la construcción, comercial, de los servicios, singularmente de hostelería, transporte, comunicaciones, ahorro, financieros, seguros, alquileres, espectáculos, juegos, actividades artísticas, así como los relativos a gestoría, intermediación, representación o consignación en el comercio, tasaciones y liquidaciones de todas clases, y los correspondientes a agencias inmobiliarias, de la propiedad industrial, de valores negociables, de seguros y de créditos

2.2 Actividades no asimilables al concepto empresario individual

Estarán excluidas las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras de carácter primario y los servicios de Agentes y Corredores de Seguros que sean personas físicas así como las correspondientes a profesiones liberales no incluidas expresamente en el párrafo anterior.

Personalmente, considero que no puede negarse el carácter de empresario individual a este segundo grupo, en el sentido que el artículo 2.3 da a este concepto. Por lo tanto, debería prevalecer el criterio de la finalidad, de manera que los datos de contacto de los profesionales liberales sólo serían de carácter personal en el caso de que la finalidad del tratamiento fuese B2C.

La Agencia se pronuncia respecto al 2.2 y al 2.3

La AEPD viene a confirmar que, para saber si los datos de una persona que ostenta un cargo en una empresa o es empresario individual están excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento, hay que aplicar la siguiente regla:

Finalidad B2B = dato excluido
Finalidad B2C = dato personal

En el terreno personal, debo decir que he encontrado cierta satisfacción/sorpresa en el hecho de que el Gabinete Jurídico de la Agencia haya utilizado los mismos anglicismos que he venido utilizando estas últimas semanas para explicar las dos finalidades.

Acceso al texto de la Agencia

17/02/08

Entrega 04 - Nuevas definiciones

Análisis de las principales novedades introducidas en el apartado de definiciones, comparándolas con las de 1999.

Ver la presentación y las anteriores entregas en blip.tv

Descargar la presentación en formato QuickTime

03/02/08

Entrega 03 - Plazos de implantación

Análisis de la línea de tiempo en la que irán venciendo los plazos de implantación de las medidas de seguridad previstas en el Reglamento.

Ver la presentación y las anteriores entregas en blip.tv

Descargar la presentación en formato QuickTime

26/01/08

Entrega 02 - Evidencias del cumplimiento

Segunda entrega del curso online sobre el Reglamento de la LOPD. La práctica de recopilar pruebas del cumplimiento de las obligaciones legales permite acreditar la diligencia debida y la ausencia de culpabilidad, dando paso a una posible reducción de la sanción. Pido disculpas por la señal de fondo, debida a una interferencia electromagnética del lugar de la grabación.

Ver la presentación y las anteriores entregas en blip.tv

Descargar la presentación en formato QuickTime

20/01/08

Entrega 01 - Los grupos de empresas

Primera entrega del curso online sobre el Reglamento de la LOPD, dedicada a la gestión de datos personales en grupos de empresas nacionales e internacionales, con especial atención a las cesiones internas, la prestación de servicios, la subcontratación, las transferencias internacionales y las normas corporativas vinculantes.

Ver la presentación y las anteriores entregas en blip.tv

Descargar la presentación en formato QuickTime

19/01/08

Informe sobre datos personales en papel

Informe_datos_papel Con motivo de la publicación del Reglamento de la LOPD, Landwell - PwC reeditará el informe publicado el año pasado sobre el tratamiento de los datos en papel en la empresa española. Entre las conclusiones del mismo destaca que el 63% de las empresas españolas no dispone de normas de seguridad específicas para proteger los datos de carácter personal en soporte papel.
El informe revela que las empresas españolas no están en condiciones de cumplir el nuevo reglamento y que tendrán que invertir  entre 3.000 y 90.000 euros, según su tamaño y necesidades, para adaptar sus políticas a dicha normativa.
El 27% de las empresas encuestadas dispone de una metodología para clasificar y almacenar los documentos con datos personales o con información confidencial. Sólo un 44% de las firmas consultadas incluyó una cláusula de confidencialidad en el contrato con la empresa que realiza la limpieza de las oficinas.
El sondeo muestra que tres de cada diez compañías no controlan el acceso a los documentos en soporte papel y apenas un 18% de las mismas tiene un responsable de seguridad de los datos con competencias en materia de documentos en papel.

Acceso al informe completo

Jornada sobre el nuevo Reglamento de la LOPD

El próximo jueves, 24 de enero, tendrá lugar en el auditorio de la Torre Agbar de Barcelona una jornada organizada por la Fundació Barcelona Digital y Landwell sobre el nuevo Reglamento de la LOPD, publicado hoy en el BOE. Al haberse superado la cifra de 700 inscritos, superior al aforo de la sala, se celebrará una nueva jornada el día 8 de febrero en el auditorio de CaixaForum. La asistencia es gratuita, previa inscripción.

Programa de la jornada (PDF)

Programa (Web) e inscripciones